- Estado convocatoria: Cerrada
- Objeto de la Convocatoria:
Impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas de Andalucía a través de la mejora de sus instrumentos de gestión, mediante la introducción de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), de su incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen y sus infraestructuras.
Esta actuación está cofinanciada con fondos FEDER procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo del período Regional de Andalucía 2014-2020. - Tipo de Ayuda: Subvención
- Organismo Gestor: Junta de Andalucía. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
- Enlace Sitio Web: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/20276.html
- Publicación Oficial: 25/01/2022
- Fecha inicio Convocatoria: 26/01/2022
- Fecha finalización Convocatoria: 01/03/2022
- Enlace a Publicación: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/16/BOJA22-016-00003-865-01_00254144.pdf
- Destinatarios:
Las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas como empresas. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades objeto de subvención.
- Sector: Comercio
- Procedimiento de Concesión: Concurrencia competitiva
- Ámbito Geográfico: Andalucía
- Cuantía / Intensidad de la Ayuda:
La cuantía podrá alcanzar el 100% del presupuesto aceptado.
1. Proyecto de modalidad A:
- Subvención máxima por establecimiento: 6.000 €.
- Subvención máxima por pyme (varios establecimientos): 12.000 €
- Inversión mínima: 1.500 €2. Proyecto de modalidad B:
- Subvención máxima por establecimiento: 15.000 €
- Subvención máxima por pyme (varios establecimientos): 26.250 €
- Inversión mínima: 1.500 € - Actividades Subvencionables:
Se subvencionarán dos modalidades de proyectos:
1. MODALIDAD A: Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas. Con estos proyectos se persigue impulsar la transformación de las pequeñas empresas comerciales y artesanas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital. Se valorará especialmente la introducción de herramientas que permitan avanzar al establecimiento comercial o artesano hacia la experiencia omnicanal del cliente y también hacia la creación de un entorno de comercio unificado, entendiendo por tal aquel en el que se interrelaciona la información generada por los distintos canales de venta, el comercio electrónico, la gestión de pedidos, de inventarios, de relaciones con los clientes, etcétera.a) En el ámbito de la mejora de la gestión, las actuaciones dirigidas a la implantación de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización, serán subvencionables las siguientes actuaciones:
1.ª Programas de gestión, contabilidad, facturación, relaciones con clientes y proveedores, gestión de almacén, automatización de ventas, u otros similares.
2.ª Terminal punto de venta (en adelante TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares.
3.ª Software, programas, herramientas, aplicaciones u otras soluciones digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con clientes (comúnmente denominados por las siglas de su denominación en inglés, Customer Relationship Management: en adelante CRM), u otras actuaciones de fidelización de clientes.
4.ª Balanzas electrónicas y similares.
5.ª Sistemas de contadores de personas en las diferentes áreas del comercio, escaparates virtuales, cartelería digital, u otras soluciones en el espacio de venta.
6.ª Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización, o permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
7.ª En el caso de pymes artesanas, además cualquier solución digital que introduzca mejoras en el sistema de producción.
Será subvencionable tanto la adquisición del software como del equipamiento informático y tecnológico necesario para su implantación y puesta en marcha, incluidas las altas y licencias del primer año y la capacitación necesaria para ello.b) En el ámbito del comercio electrónico:
1.ª Creación y diseño de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos, u otra información necesaria en este tipo de aplicaciones. En este caso, serán subvencionables los gastos de programación, diseño y elaboración de contenidos.
2.ª Diseño e implantación de una tienda on-line.
3.ª Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles.
4.ª Implantación de cualquier otra herramienta o complemento de comercio electrónico que permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
5.ª Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet.
6.ª Contratación de una empresa externa que ofrezca el servicio de gestión de las redes sociales, o community management.Se contemplarán como costes subvencionables del modelo A:
1.º Los gastos de adquisición del equipamiento tecnológico e informático, del software y hardware y la instalación y puesta en funcionamiento de los mismos.
2.º Los gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas, y los gastos de proveedores web para la implantación del resto de actuaciones de comercio electrónico subvencionables.
3.º Los gastos de contratación de los servicios de proveedores web en el caso de implementar plataformas de tienda online open-source o plataformas «en la nube».
4.º Los gastos profesionales relativos a la creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on-line, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet. La consultoría para el análisis de estos procesos y definición de las estrategias digitales, la consultoría de implantación. la consultoría para la supervisión del cumplimiento de los
aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico, en particular la relativa a la defensa de las personas consumidoras y usuarias y la normativa europea relativa a la aplicación de la Autenticación Reforzada de Cliente en los pagos electrónicos.2. MODALIDAD B: Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas. Esta modalidad está prevista para proyectos que tengan por objeto su modernización, de tal modo que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad. se valorarán especialmente los proyectos que consistan en la transformación de la imagen del establecimiento comercial con el fin de contribuir a mejorar la experiencia de compra del consumidor, ya sea a través de una cuidada selección, presentación y exhibición del producto, o a través de los servicios diferenciados que se ofrezcan a la clientela, de tal forma que todos ellos en conjunto transmitan la diferenciación del establecimiento comercial o artesano como el principal elemento de valor.
Serán subvencionables una o varias de las siguientes actuaciones:
a) Los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración.
b) Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local comercial o establecimiento artesano.
c) Adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta.
d) Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local comercial o establecimiento artesano, incluidos los elementos necesarios para ello, como por ejemplo escaparate, carteles, puertas y toldos.
e) En el caso de pymes artesanas además la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos.Se contemplan como costes elegibles en el modelo B:
1.º Los gastos ocasionados por la realización de las obras o reformas de acondicionamiento interior o exterior de los locales comerciales o establecimientos artesanos, tales como obras de albañilería, fontanería, carpintería y pintura etc.
2.º Los gastos ocasionados por el equipamiento de locales comerciales o establecimientos artesanos que consistan en la adquisición e instalación del equipamiento y mobiliario de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta o en la adquisición e instalación de equipamiento y maquinaria destinada al desarrollo de la actividad artesana. Asimismo se considera subvencionable el equipamiento del establecimiento comercial o artesano destinado a la protección de las personas trabajadoras y consumidoras, consistente en elementos destinados a la prevención de la propagación del COVID 19, tales como mamparas protectoras, dispensadores de turnos etc. - Requisitos:
- Tener la condición de pyme.
- Desarrollar su actividad comercial o artesana en Andalucía. En el caso de que lleven a cabo solo una actividad comercial on-line, habrán de demostrar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio.
- Las pymes de comercio minorista que soliciten subvenciones para la implementación de proyectos de las modalidades A y B habrán de reunir, además, los siguientes requisitos:
1.º Estar dadas de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas relacionados en el Anexo I a la presente Orden, con anterioridad a la publicación de la convocatoria de ayudas.
2.º Que la actividad principal de la empresa esté encuadrada en el ámbito del comercio minorista, dentro de los epígrafes señalados en el Anexo I. Se considerará actividad principal aquella que genere la mayor parte del volumen de negocio.
- Las pymes artesanas que soliciten subvenciones para la implementación de proyectos de las modalidades A y B, han de cumplir además los siguientes requisitos:
1.º Estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
2.º Acreditar la condición de artesana. A estos efectos se considerará acreditada tal condición con la inscripción en el Registro de Artesanos de Andalucía o cualquier otro Registro autonómico equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.Junto con la solicitud, la pyme habrá de aportar la memoria descriptiva del proyecto según el modelo normalizado que corresponda a la modalidad de proyecto. Además, también ha de aportar la Declaración responsable aprobada como Anexo V y el resto de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
- Procedimiento de Solicitud:
Tanto la solicitud como la documentación requerida, se presentarán exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta
de Andalucía, accesible desde la propia plataforma de presentación.
Documentación a rellenar: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/125/BOJA20-125-00024-6968-01_00174332.pdf
Sede electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/20276.html#toc-c-mo-realizar-el-tr-mite - Regulación:
La información que aquí se facilita, lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Regulación» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.
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