Convocatoria «Programa Ciberseguridad 2022». Cámara de Comercio de Jerez de la Fra.

Oficina de Información ITI Cádiz

  • Estado convocatoria: Cerrada
  • Objeto de la Convocatoria:

    La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Jerez en el Programa Ciberseguridad.
    El Programa tiene como objetivo principal impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de los ciudadanos y promover el progreso socio económico, así como reactivar su actividad. Se trata de desarrollar y mejorar las herramientas y soluciones TIC para la empresa con el fin de incrementar la oferta de servicios TIC y adaptarla a las demandas reales de los negocios, consiguiendo así mejorar el grado de equipamiento y soluciones TIC de las pymes y micropymes. Se pretende con ello, por una parte, mejorar sus procesos productivos para que puedan ganar competitividad, y que haya una significativa incorporación de las empresas al mundo del comercio electrónico, no sólo como instrumento complementario a sus formas tradicionales de venta, sino como área principal en una mayoría de ellas.
    Esta actuación está cofinanciada con fondos FEDER procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo Plurirregional de España (POPE).

  • Tipo de Ayuda: Subvención
  • Organismo Gestor: Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jerez de la Frontera
  • Enlace Sitio Web: https://www.camarajerez.es/ciberseguridad2022
  • Publicación Oficial: 24/02/2022
  • Fecha inicio Convocatoria: 07/03/2022
  • Fecha finalización Convocatoria: 30/09/2022
  • Enlace a Publicación: https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2022/02_febrero/BOP038_24-02-22.pdf#page=15
  • Destinatarios:

    Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Jerez, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.

  • Sector: Multisectorial
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia simple
  • Ámbito Geográfico: Municipal
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:

    El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 80% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 4.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 3.200 euros.

  • Actividades Subvencionables:

    El programa se materializa a través de las siguientes actuaciones:
    Fase I: Diagnóstico Asistido en Ciberseguridad
    El Programa consiste en la elaboración de un Diagnóstico que permite realizar un análisis exhaustivo del nivel de ciberseguridad de la pyme y sus posibilidades de mejora de la protección mediante el estudio de su dependencia de las TIC, riesgos cibernéticos a los que se expone, cultura de seguridad de la información y protocolos de actuación, que permite conocer la situación de la empresa destinataria. El análisis tendrá en cuenta aspectos técnicos, organizativos, regulatorios y normativos, entre otros.
    Fase II: Plan Personalizado e Implantación (PPI).
    En esta fase, proveedores externos a las Cámaras realizan la implantación de las soluciones establecidas en el Diagnóstico.

  • Requisitos:

    - Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 o autónomo.
    - Estar dada de alta en el Censo IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
    - No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
    - Tener su domicilio social y/o centro productivo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Jerez previo a la publicación de la presente convocatoria. En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
    - Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    - Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº1407/2013, de la Comisión, de 18.12.2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L 352 de 24.12.2013)2 (la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros o 100.000 euros en el caso de las empresas que operen en el sector transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales).
    - No haber resultado beneficiaria de la Fase II del programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
    - Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes y autónomos que:
    a) Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro de la anualidad anterior a la misma y que no hayan sido beneficiarias de la Fase II); o
    b) Acrediten haber participado en el último año en un programa similar de Asesoramiento en materia de ciberseguridad en las pymes, de organismos de Promoción de las TIC de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria.
    - Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • Procedimiento de Solicitud:

    Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/jerez, en los términos previstos en la presente convocatoria.

  • Regulación:

    Convocatoria.

La información que aquí se facilita, lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Regulación» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

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