Convocatoria 2018. Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo. Líneas 2, 3 y 4.

Oficina de Información ITI Cádiz

  • Estado convocatoria: Cerrada
  • Objeto de la Convocatoria:

    Convocatoria para el año 2018, de la concesión de las líneas de subvenciones públicas que se indican, reguladas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo:

    a) Línea 2: Difusión y Promoción de la Economía Social.
    b) Línea 3: Fomento del Emprendimiento Social.
    c) Línea 4: Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social.

    Esta actuación está cofinanciada con fondos FSE procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo Regional de Andalucía 2014-2020.

  • Tipo de Ayuda: Subvención a fondo perdido
  • Organismo Gestor: Junta de Andalucía - Consejería de Economía y Conocimiento
  • Enlace Sitio Web: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
  • Publicación Oficial: 03/08/2018
  • Fecha inicio Convocatoria: 04/08/2018
  • Fecha finalización Convocatoria: 03/09/2018
  • Enlace a Publicación: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/150/4
  • Destinatarios:

    Confederaciones y Federaciones de Economía Social

  • Sector: Privado
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia competitiva
  • Ámbito Geográfico: Andalucía
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:

    La ayuda podrá alcanzar el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de:
    - Para la Línea 2, un límite de 90.000 euros.
    - Para la Línea 3, un límite de 150.000 euros.
    - Para la Línea 4, un límite de 150.000 euros.

  • Actividades Subvencionables:

    Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social.:
    a) Organización de congresos, jornadas, seminarios, conferencias, encuentros, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar.
    b) Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación y otras actuaciones análogas, tanto en formato papel como digital.
    c) Otras publicaciones a través de libros, folletos, revistas, dípticos y similares, tanto en formato papel como digital.
    d) Producción de audiovisuales y páginas web.
    e) Campañas de difusión y divulgación generales y específicas en cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
    f) Inserciones de informes y encartes en medios de difusión y publicaciones especializadas.

    Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social:
    a) La valoración y el asesoramiento previo ante una iniciativa que suponga la constitución de una nueva empresa de economía social.
    b) El acompañamiento, tutorización, incubación, alojamiento, formación y capacitación necesarias para la puesta en marcha de un proyecto empresarial de economía social.
    c) El seguimiento y asesoramiento técnico preciso para asegurar la continuidad de una empresa de economía social tras su constitución.
    d) La realización de planes de viabilidad o estudios económico-financieros de empresas de economía social que presenten serios problemas de gestión, acumulación de pérdidas, disminución del volumen de negocio, endeudamiento creciente, minoración en la capacidad de autofinanciación, descapitalización o similares.
    e) La intermediación experta en los procesos de transformación, de relevo generacional, y/o de recuperación de empresas por sus trabajadores.
    f) La elaboración de manuales o guías prácticas para la constitución de empresas de economía social, o para la protocolización de proyectos promotores de este sector. Esta acción sólo será subvencionable si se lleva a cabo en conjunción con al menos otra de las acciones relacionadas en este apartado.

    Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social:
    a) Realización de prospecciones de mercado, diagnósticos de situación, estudios de viabilidad, planes estratégicos u otros de naturaleza análoga, necesarios para la implementación de proyectos.
    b) Asesoramiento, orientación, consultoría, tutorización, asistencia técnica a las empresas en la puesta en marcha de proyectos que por su naturaleza no tengan carácter ordinario y continuado en la actividad de las empresas.
    c) Apoyo para la captación de recursos y la participación de las empresas de economía social en programas tanto públicos como privados, de cualquier ámbito territorial, orientados a su consolidación.
    d) Impulso y elaboración de planes integrales y sectoriales para la mejora de la competitividad empresarial.
    e) Elaboración de manuales, guías prácticas, herramientas para la implantación y desarrollo de proyectos.

    Se considerarán gastos subvencionables aquellos en los que se incurra para la realización de la acción objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma.

  • Requisitos:

    El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas a través de las líneas 2, 3, 4, podrá ser desde el 1 de enero de 2018 hasta la fecha que figure en la correspondiente resolución de concesión, el cual será acorde con la naturaleza de las mismas.

  • Procedimiento de Solicitud:

    Los formularios de solicitud se presentarán, preferentemente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía al que se accederá a través de la dirección web de la Consejería de Economía y Conocimiento, en la dirección https://www.juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/oficinavirtualv2/.

    Alternativamente a la presentación telemática, las solicitudes, previamente cumplimentadas mediante formato electrónico a través de dirección de Internet especificada en el apartado 2, una vez impresas y con firmas manuscritas, podrán ser presentadas en los Registros Generales de las Delegaciones Territoriales de Conocimiento y Empleo, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en tanto no entre en vigor el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones transitorias segunda y cuarta de la misma, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

    Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas para cada una de las líneas siempre que se encuentren en la situación que fundamenta su concesión, las siguientes entidades: Confederaciones y Federaciones de economía social. Las Confederaciones deberán estar integradas, al menos, por 4 federaciones de cooperativas o sociedades laborales de ámbito regional, y estar inscritas en el Registro de Asociaciones Empresariales de Andalucía. Deberán desarrollar sus actividades principalmente en el ámbito territorial andaluz.

    Las Federaciones de Economía Social deberán estar integradas exclusivamente por sociedades cooperativas o sociedades laborales, o mayoritariamente por organizaciones de mujeres empresarias de cooperativas y sociedades laborales de ámbito regional, y deberán estar inscritas en el Registro de Cooperativas Andaluzas, o en el Registro de Asociaciones Empresariales de Andalucía, según corresponda. Deberán desarrollar sus actividades principalmente en el ámbito del territorio Andaluz

  • Regulación:

    Resolución de 31 de julio de 2018, de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, por la que se convoca para 2018 la concesión de subvenciones de las Línea 2, Línea 3 y Línea 4, establecidas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

    Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.

La información que aquí se facilita, lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Regulación» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

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