AYUDAS A AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES, ESTRATEGIAS Y/O PROYECTOS PARA LA CAPTACIÓN DE FONDOS EUROPEOS O NEXT GENERATION

Oficina de Información ITI Cádiz

  • Estado convocatoria: Cerrada
  • Objeto de la Convocatoria:

    La regulación del proceso de concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva por parte del IEDT que prestará apoyo para cubrir los gastos destinados asistencias técnicas para la redacción
    de proyectos y convocatorias que, por sus peculiaridades técnicas, económicas o de cualquier otro tipo, no pueden ser atendidos a través de sus propios medios y servicios provinciales.

  • Tipo de Ayuda: Subvención
  • Organismo Gestor: IEDT
  • Enlace Sitio Web: https://www.dipucadiz.es/iedt/next/
  • Publicación Oficial: 27/07/2022
  • Fecha inicio Convocatoria: 28/07/2022
  • Fecha finalización Convocatoria: 11/08/2022
  • Enlace a Publicación: https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2022/07_julio/BOP143_27-07-22.pdf#page=2
  • Destinatarios:

    Tendrán la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones los Ayuntamientos pertenecientes a municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Cádiz.

  • Sector: Público
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia competitiva
  • Ámbito Geográfico: Provincia de Cádiz
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:

    La cuantía máxima de la subvención para cada municipio beneficiario será
    de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS EUROS (19.400,00€)

  • Actividades Subvencionables:

    Se consideran gastos subvencionables los de asistencia técnica que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios. Deberán ser razonables, justificados, a precio de mercado y cumplir con el principio de buena gestión financiera, en particular, el principio de moderación de costes. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
    subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
    A efectos de elegibilidad de los gastos, los gastos serán subvencionables si la entidad beneficiaria ha incurrido en ellos efectivamente en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de julio de 2023, y siempre que hayan sido abonados con anterioridad a la fecha de finalización del periodo de justificación, lo que se acreditará mediante el oportuno documento de pago.

  • Requisitos:

    Tener la condición de Ayuntamiento menor de 20.000 habitantes perteneciente a la provincia de Cádiz.

  • Procedimiento de Solicitud:

    La solicitud se formulará en el modelo oficial (ANEXO I), adjunto a esta convocatoria). Se dirigirán a la Sra. Vicepresidenta del IEDT, a través de su sede digital, indicando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos que figuran en la convocatoria.
    Podrán remitirse también en cualquiera de las formas y medios que determina el artículo 16.4 LPACAP

  • Regulación:

    Convocatoria.

La información que aquí se facilita, lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Regulación» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

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