2ª Convocatoria ayudas Ciberseguridad 2022. Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar.

Oficina de Información ITI Cádiz

  • Estado convocatoria: Cerrada
  • Objeto de la Convocatoria:

    Promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar en el Programa Ciberseguridad, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo a la implementación de la ciberseguridad en el marco del Programa Ciberseguridad.

    Esta actuación está cofinanciada con fondos FEDER procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) y por la Diputación Provincial de Cádiz.

  • Tipo de Ayuda: Subvención
  • Organismo Gestor: Cámara Oficial de Comercio Campo de Gibraltar
  • Enlace Sitio Web: https://www.camaracampodegibraltar.com/ciberseguridad/
  • Publicación Oficial: 26/10/2022
  • Fecha inicio Convocatoria: 03/11/2022
  • Fecha finalización Convocatoria: 30/11/2022
  • Enlace a Publicación: https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2022/10_octubre/BOP205_26-10-22.pdf#page=15
  • Destinatarios:

    Pymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.

  • Sector:
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia simple
  • Ámbito Geográfico: Provincia de Cádiz
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:

    el presupuesto máximo elegible por empresa de 4.000 €, que será
    prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 80%, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 3.200 €

  • Actividades Subvencionables:

    Desde el programa se subvencionarán los gastos asociados a la ejecución del Plan por los asesores o proveedores libremente seleccionados por la empresa beneficiaria, según el Plan de Implantación definido en el marco del Programa.
    Para que dichas inversiones sean subvencionables, habrán de serlo los gastos a los que se apliquen los fondos en los términos establecidos en la presente convocatoria y en el Anexo IV “Condiciones de Participación y Tipología y Justificación de Gastos elegibles Fase de Ayudas” de la misma.
    Todos los gastos/inversiones deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención (documento de participación en fase II / Plan de implantación), y deberán contar siempre con el visto bueno de la Cámara de Comercio, que supervisará que en todo caso se trate de precios de mercado; así, como estar efectivamente finalizados y pagados antes de la fecha que se indique en el convenio DECA (Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda) firmado con la Cámara de Comercio.

  • Requisitos:
    • Ser una PYME o autónomo.
    • Estar dada de alta en el Censo del IAE.
    • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio del Campo de Gibraltar.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • Cumplir la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
    • Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las TIC en los procesos que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
    • No haber resultado beneficiaria de la Fase II del programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
    • Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
  • Procedimiento de Solicitud:

    Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica:
    sede.camara.es/sede/campogibraltar en los términos previstos en la presente convocatoria.

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h del 3 de noviembre de 2022 y hasta las 14:00h del día 30 de noviembre de 2022.

  • Regulación:

La información que aquí se facilita, lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Regulación» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

Compartir esta publicación

print